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AENOR 22 Las comunidades autónomas de Illes Balears y la Región de Murcia recogen en la legislación que regula esta actividad las normas internacionales ISO 24801 y 24802. Son documentos elaborados por el sector y suman seguridad a la práctica del buceo turístico. Un mismo idioma para el buceo recreativo para establecer unos estándares. Aun-que todas enseñaban a bucear, la me-todología y los contenidos de los cur-sos que impartían a través de centros asociados e instructores variaban bas-tante de unos a otros. El objetivo fue crear unas normas que recogieran re-quisitos mínimos, para asegurar la ca-lidad de la enseñanza impartida por las diferentes organizaciones. Fue un laborioso proceso que, debido a que son bastantes normas, aún no está to-talmente acabado. Así, se crearon grupos de trabajo nacionales, después éstos se reunie-ron con otros grupos de trabajo de otros países europeos para hacer de esas diferentes normas nacionales nor-mas europeas y finalmente, algunas de esas normas se convirtieron en normas internacionales. En España, el grupo de trabajo está formado por empre-sas, asociaciones, federaciones y esta-mentos gubernamentales relacionados de una forma u otra con el buceo. To-das las partes relacionadas con el sec-tor fueron invitadas a participar, aun-que la mayoría delegó en un grupo de expertos que principalmente esta-ba formado por organizaciones inter-nacionales de formación y certificación de buceo que tienen sede en España, asociaciones de centros de buceo y fe-deraciones. Actualmente, este grupo está traba-jando en la adopción como españo-las de las normas internacionales de la serie ISO 24801 y 24802, que se re-fieren a la formación y evaluación de buceadores e instructores de buceo. En Portugal o Egipto las organiza-ciones de buceo recreativo ya deben cumplir estas normas para que las cer-tificaciones que emiten sean reconoci-das y, por lo tanto, puedan operar. En España, dos comunidades autónomas, Baleares y la Región de Murcia, cuen-tan ya con legislación en la que reco-gen el cumplimiento de estas normas como el requisito para que los centros de buceo recreativo sean reconocidos. El buceo recreativo, también co-nocido como buceo turístico, es una de las distintas modalidades que existen de buceo. Otras son bu-ceo militar, científico, profesional (tam-bién llamado “buceo comercial” debi-do a la traducción de su nombre en inglés, commercial diving) y deportivo (pesca submarina, natación con aletas, hockey subacuático, etc.). Lo único que comparten todas ellas es que la activi-dad se realiza bajo el agua. El buceo recreativo no tiene otra fi-nalidad que la de realizar tranquilos recorridos subacuáticos y observar la flora y la fauna en su ambiente real. Pueden ser buceadores recreativos personas muy jóvenes y no hay límite de edad; pero al ser una actividad que se desarrolla en un entorno que no es el habitual para el ser humano, es ne-cesario adquirir unos conocimientos y destrezas previos para minimizar los pequeños riesgos que pueda conllevar. La adquisición de estos conocimientos y destrezas se demuestra a través de unas tarjetas de certificación, conoci-das como C-Cards en la industria del buceo recreativo. Son muchas las organizaciones que en todo el mundo enseñan a bucear y emiten las mencionadas certificaciones a las personas que pasan satisfactoria-mente los diferentes cursos de buceo recreativo. Algunos de estas organi-zaciones tienen más de 60 años de experiencia e implantación en todo el mundo. A finales de los años 90 la mayo-ría de estas organizaciones se unieron José Luis Casals y Juan Rodríguez Presidente y Secretario AEN/GET 6 Servicios de buceo recreativo NORMAS, LEGISLACIÓN Y POLÍTICAS PÚBLICAS


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