AENOR 36 importante la disponibilidad de guías y tutoriales sobre las diferentes auto-rizaciones o licencias, así como la dis-ponibilidad de canales de comunica-ción mediante medios telemáticos en-tre la administración y la ciudadanía. Espacios de negocio. La disponi-bilidad de infraestructuras para el desarrollo de la actividad empresarial es otro requisito que se valora para la obtención del distintivo. En este sen-tido, resulta fundamental que las lo-calidades identifiquen los distintos re-cursos y espacios que pueden ofrecer, y que trasladen dicha información de forma eficaz a la población. Incentivos al emprendimiento. Igual de relevante es para la obtención del referencial la posibilidad de ofrecer bonificaciones en tasas e impuestos, así como favorecer condiciones ven-tajosas para el ejercicio de la actividad empresarial. Fomento de la cultura emprendedo-ra. También se valora que el munici-pio esté comprometido con el fomen-to del espíritu emprendedor entre los jóvenes, promoviendo la participación de los centros educativos en progra-mas de cultura emprendedora, y faci-litando información y recursos para el desarrollo de estas acciones. Por último, hay que señalar que, además, se establecen una serie de requisitos transversales relacionados con la implicación de la corporación municipal con el emprendimiento. Una vez acreditado el cumplimien-to de estas condiciones, la localidad deberá obtener una puntuación igual o superior a 60 puntos en la valora-ción de los indicadores fijados en el Decreto 89/2014, distribuidos entre los requisitos transversales y las áreas estratégicas definidas y mencionadas anteriormente. Procedimiento Este referencial ha sido regulado por el Gobierno autonómico a tra-vés del Decreto 89/2014 de 27 de mayo. Posteriormente se identifica-ron algunos puntos de mejora, por lo que se publicó una modificación MUNICIPIOS EXTREMEÑOS
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