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AENOR 20 Esteban Blanco Presidente CONAIF OPINIÓN Calidad y garantía La Directiva de Eficiencia Energética 2012/27/UE establece unas obligaciones a los propietarios de los edificios de cale-facción urbana o central. El objetivo es que todos los usuarios de estos edificios conozcan su consumo individual mediante la instalación de contadores individuales, y si esto no es técnicamente viable o ren-table, mediante la utilización de caloríme-tros, siendo el plazo máximo para su insta-lación el 31 de diciembre de 2016. En Espa-ña todavía estamos a la espera de que se publique el Proyecto de Real Decreto por el que se transpone esta Directiva en lo refe-rente a contabilización de consumos, aun-que se prevé que esto ocurra en breve. Las empresas instaladoras térmicas de España, a las que la Confederación Nacio-nal de Asociaciones de Empresas de Fon-tanería, Gas, Calefacción, Climatización, Protección contra Incendios, Electrici-dad y Afines (CONAIF) representa, son los agentes expertos de estas instalaciones por las competencias que su carné profe-sional les capacita. Para realizar la instala-ción de los repartidores y válvulas termos-táticas, desde CONAIF recomendamos a las empresas instaladoras que se informen so-bre los productos existentes en el mercado y se formen adecuadamente, si lo necesi-tan, mediante sus asociaciones provincia-les o fabricantes, para contactar con sus clientes e informarles y asesorarles de las obligaciones que introduce esta Directiva. La Marca de AENOR para el servicio de instalación de equipos de medición y regulación de calor en instalaciones cen-tralizadas de calefacción y ACS constitu-ye, a priori, un elemento demostrativo de la calidad de la instalación y de garantía para los usuarios. habrán recibido formación específica sobre dichos equipos y su programa-ción. Entre los aspectos más destaca-bles en este sentido son los relativos a la aplicación de los criterios genera-les de montaje, los especiales, como el montaje de un repartidor de costes con sensor remoto; o los conocimien-tos adecuados para la correcta identifi-cación del tipo y modelo del radiador, con el fin de aplicar el factor kc, ele-mento que traduce calor a unidades de facturación de forma apropiada. Una segunda fase del proceso de certificación se realiza en las oficinas de la empresa de reparto. Allí se ve-rifica la implementación de los proce-sos que permiten de forma eficaz ga-rantizar el servicio del reparto y costes de calefacción. El objetivo es adquirir el convenci-miento de que la empresa mantiene un registro con el inventario de cada instalación, donde se recogen los perio-dos de liquidación, datos de la caldera y criterios de distribución de costes de calefacción fijos y variables. Además, oferta el servicio de forma transparen-te, presentando al cliente un documen-to comercial detallado donde se esta-blece la opción de que AENOR pue-da realizar inspecciones para confirmar la correcta instalación de los equipos. La medición y reparto de costes se tie-ne que realizar con criterios estableci-dos previamente que han sido acepta-dos por la comunidad de propietarios. Asimismo, también se verifica que la empresa realiza la liquidación de costes de acuerdo con lo fijado en la Directiva de Eficiencia Energética 2012/27/UE, con detalle pormeno-rizado de los conceptos facturados. Y que cuenta con un departamento de atención al cliente, dimensionado adecuadamente, donde se atende-rán de forma continua y ágil las re-clamaciones y consultas de los pres-tatarios del servicio. Por último, se comprueba que ha suscrito un se-guro de responsabilidad civil, de al menos 100.000, con el que pueda dar cobertura a posibles problemas derivados del servicio. Una vez superados con éxito to-do este proceso, se concede el cer-tificado de servicio. AENOR realiza una supervisión anual de los equipos EFICIENCIA ENERGÉTICA


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